Todo lo que tenés que saber sobre la devolución del IVA

Actualizamos la información sobre la nueva medida del gobierno.

¿Cuál es la medida anunciada por el gobierno Nacional relacionada con el IVA?
El gobierno Nacional anunció que a partir de este lunes 18, se devolverá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a millones de personas que realicen compras de productos de la canasta básica con tarjeta de débito. Si se abona mediante crédito, transferencia o en efectivo, no entrarán en el programa. Tampoco entran en el programa billeteras virtuales.

¿En qué consiste exactamente el reintegro del IVA?
El reintegro del IVA es un programa que no devuelve el IVA de la compra en sí, sino que proporciona un reintegro del 21% sobre el monto gastado en ciertos productos. La única similitud entre el reintegro y el IVA es que ambas tasas son del 21%.

¿Cómo será la forma de reintegro?
Se reintegrará automáticamente en la cuenta bancaria a las 48hs de realizar la compra.

¿Cuál es el límite de devolución?
El límite es $18.800 por contribuyente.

¿Cuánto hay que gastar para llegar al límite de devolución?
Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica (21% del valor de los productos), con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario. Para que la devolución sea de $18.800, la compra deberá ser de $89.523. Este monto incluye solo los productos de la canasta básica.

¿Es necesario realizar algún trámite para recibir el reintegro del IVA?
No es necesario realizar ningún trámite. La entidad financiera consultará la base de la AFIP para determinar si corresponde o no el reintegro.

¿Quiénes son beneficiarios del Compre sin IVA de la Afip?

  • Monotributistas

  • jubilados y pensionados

  • Beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales

  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de las asignaciones por embarazo

  • Trabajadores que cobren hasta $708.000

  • Empleados de casas particulares

¿Existen restricciones para obtener este beneficio?
Contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos (no monotributistas) o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales.

¿Cómo se puede consultar si una persona está alcanzada por este beneficio?
Se puede consultar si se está alcanzado por el beneficio ingresando en la web de la AFIP, en un micrositio denominado 'Reintegro', y accediendo a la base de datos utilizando el CUIT o CUIL.
Te dejamos la página:
https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

¿Hay comercios adheridos?
No. El programa aplica en todos los supermercados y comercios habilitados que cuenten con posnet.

¿Se puede combinar con otros beneficios?
Si, mientras que sean con débito se pueden utilizar promociones bancarias y acumular descuentos.

¿El reintegro es por grupo familiar?
No. El límite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar, y no es acumulable: lo que significa que si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de $18.800.

¿Hasta cuándo estará vigente?
Hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Afecta a la compra de algún tipo de dólar?
No. Esta medida actualmente no restringe ninguna compra de dólar.

¿Qué productos de la canasta están incluidos en el beneficio?
Pan, Galletitas de agua, Galletitas dulces, Arroz, Harina de trigo, Otras harinas (maíz), Fideos, Papa, Batata, Azúcar, Dulces (incluye dulce de batata, mermelada, dulce de leche), Legumbres secas (lentejas y arvejas), Hortalizas (acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado), Frutas (manzana, mandarina, naranja, banana, pera), Carnes (asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado), Fiambres, Huevos, Leche, Queso (queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar), Yogur, Manteca, Aceite, Bebidas no alcohólicas, Bebidas alcohólicas, Sal fina, Condimentos, Vinagre, Café, Yerba.

¿Qué sucede si no estoy incluido en la devolución de IVA?
El titular de la AFIP, aclaró que a pesar de lo que muestre el resultado de la búsqueda en la web oficial, la gran mayoría estará elegible para recibir el beneficio. Aunque se planteó la posibilidad de que esta base de datos podría no estar completamente actualizada, se han activado los sistemas para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio sin necesidad de realizar trámites previos. Esto puede ser una herramienta importante para mejorar tu presupuesto, especialmente en un contexto de alta inflación. Aprovechar estas oportunidades contribuye a aliviar la presión financiera y a hacer frente a los desafíos económicos que implica la situación inflacionaria actual.

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